Sólo está regulada por la Protección de Datos
Administración y empresarios reclaman una regulación de la videovigilancia privada
Uno de los carteles que avisan de la existencia de una cámara. | Santi Cogolludo
* Las nuevas tecnologías cada vez permiten instalaciones más baratas
* No hay ninguna normativa que especifique los tramites para colocar cámaras
* Todas las empresas que captan imágenes deben informar con carteles
Germán González | Barcelona
Los ladrones siempre entran de noche. Al menos es lo que nos cuentan en los anuncios cada vez más frecuentes por canales de teletienda que, junto a fajas adelgazantes, máquinas de ejercicio y babas de caracol quieren vender sistemas de videovigilancia. Las nuevas tecnologías cada vez permiten instalaciones más baratas y lo que en un principio parecía un mercado exclusivo para empresas se ha abierto al uso domestico.
Anna Medina, la portavoz de la patronal de empresas de seguridad privada Acaes, destaca esta "popularización" de unos sistemas que "hasta hace poco eran exclusivos de entornos muy restringidos por sus aplicaciones específicas o su elevado coste". Además, indica que se ha "normalizado" su uso en comercios, aparcamientos, empresas, escuelas o comunidades de vecinos "que cada vez más los escogen para protegerse contra actos delictivos" porque filman delitos o hacen una función disuasoria.
Pero la masiva implantación de cámaras de seguridad en la vida cotidiana del ciudadano también abre nuevos debates. El principal es la regulación de este tipo de sistemas, ya que además del control que se efectúa con la protección de datos no hay ninguna normativa que especifique los tramites para colocar cámaras. Maite Casado, subdirectora general de Seguretat Interior del Departament de Interior, destaca que existe un primer intento de regulación a nivel nacional con una ley de 1997, que afectaba a todos los sistemas y pretendía convertirse en definitiva un año después para la videovigilancia privada, aunque todavía se está esperando el paso definitivo. En este sentido, el Gobierno es quien tiene la competencia para hacer una ley que regule el sector de la videovigilancia privada mientras que la Generalitat podría hacerla cumplir en Cataluña.
Casado considera que una regulación de la videovigilancia, así como su conexión con centrales de alarmas, ayudarían a integrar a todos los operadores, privados y públicos, en un sistema global de seguridad. Además, facilitaría una mejor respuesta por parte de los cuerpos policiales públicos. La administración tiene competencias para actuar cuando se colocan sistemas no homologados y combatir el intrusismo en estas empresas.
Actualmente la seguridad privada debe mostrar las imágenes tomadas por los dispositivos que controlan cuando se haya cometido un delito y a requerimiento de la policía. Pese a esto, no están definidas las limitaciones para poner cámaras, ni hacia dónde se deben colocar, ni justificar que se ponen. Sólo les está prohibido captar imágenes de la calle ya que deben ser tomadas por una instalación pública controlada por la policía. Precisamente, existe una enorme discriminación de los sistemas privados respecto a la videovigilancia pública, que han de superar numerosas exigencias de la administración para ser autorizados.
En Cataluña hay un decreto de 1999 que regula la obtención de imágenes por este sistema por organismos públicos y que es un desarrollo de la Ley de 1997. La normativa también creó una Comisión de Videovigilancia con representantes de diversas administraciones y presidida por el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC). La presidenta del TSJC, Maria Eugenia Alegret, destaca que la Comisión sólo puede autorizar la videovigilancia pública, o la que realizan empresas privadas para los organismos públicos, y establece un fuerte control para permitir la presencia de cámaras en edificios y lugares públicos, los que piden las administraciones, así como las renovaciones periódicas de estos permisos. Alegret explica que se evalúa "caso por caso" para saber si las cámaras solicitadas no vulneran ningún derecho fundamental como la intimidad, si cumplen el objetivo de seguridad por el cual se piden y, sobre todo, qué se hace después con las imágenes captadas.
La Comisión se reunió el año pasado ocho veces con 79 acuerdos, no todos para dar permisos. En uno de sus últimos encuentros en octubre pasado se aprobó la instalación de nueve cámaras en tres puntos de Ciutat Vella en Barcelona, aunque se rechazó ubicar seis más en la Rambla, como pidió el consistorio. La Comisión aprovecha sus reuniones para reclamar al Ministerio del Interior que las renovaciones no sean tan periódicas y sobre todo un mayor control de la videovigilancia privada, que no tiene que cumplir tantos requisitos como la pública. A esta petición también se suma la patronal Acaes que considera que aumentará "la seguridad jurídica" de las empresas que las colocan ante posibles reclamaciones pese a que piden que el proceso administrativo para pedirlas no aumente su complejidad.
De momento, la única regulación de la videovigilancia privada es la Ley de Protección de Datos. Los ciudadanos han tomado conciencia de la importancia que tiene su imagen filmada, como un dato más, y se han incrementado las reclamaciones ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) porque se ha obtenido sin consentimiento. También se han disparado en los últimos años las peticiones para crear ficheros de videovigilancia privados, pero no sólo desde empresas, sino desde otras asociaciones como comunidades de vecinos.
En este sentido, se pasaron de 341 ficheros en 2007 a 1.108 en 2008 en el Registro General de Protección de Datos, mientras que las entidades que se declaraban responsables de cámaras de videovigilancia pasaron de 200 a 21.000 en dos años. La memoria de la AEPD de 2008 destaca que las actuaciones previas de la inspección de videovigilancia suponen un 15,5% de todas las que se hicieron y las resoluciones de procedimientos sancionadores en este ámbito aumentaron en un 633%, aunque acabaron con infracción el 61,3% de los casos.
Cataluña también es pionera en esta protección de datos en los ficheros de videovigilancia. L'Agència Catalana de Protecció de Dades (APDCAT) emitió hace casi un año una instrucción para que este control de los datos también afecte a los archivos de sonido registrados cuando se filman imágenes. Además, piden que se realice una memoria justificando la finalidad de la petición del archivo por videovigilancia, sus características técnicas, cuantas cámaras se pondrán y dónde, y qué se harán con las imágenes. La directora de la APDCAT, Esther Mitjans, destaca que la memoria es una forma de valorar la "proporcionalidad" de instalar el sistema para que sólo se haga "en caso necesario", aumentando su carácter preventivo.
También se recuerda que todas las empresas que captan imágenes deben informar con carteles de la colocación de estas cámaras y que la no señalización puede comportar una queja a la Agencia Española. Mitjans resaltó que la videovigilancia puede crear "expectativas excesivas" ya que debe complementarse con otras medidas de seguridad, y no vulnerar derechos fundamentales de las personas. Por eso, pide que con las nuevas tecnologías se potencie la privacidad de las imágenes, como codificar una grabación, y sólo reproducir trozos que ayuden a solucionar algún delito y bajo control policial. El futuro del control de la videovigilancia puede estar en las nuevas tecnologías, que también es la culpable de que entre en empresas, comercios, portales, escuelas y viviendas sin ninguna regulación.
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