Foro independiente de profesionales habilitados
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.
Foro independiente de profesionales habilitados

Seguridad privada


Proposición de Ley para la Regularización de la Seguridad Privada en Discotecas Banner19

No estás conectado. Conéctate o registrate

Proposición de Ley para la Regularización de la Seguridad Privada en Discotecas

Ir abajo  Mensaje [Página 1 de 1.]

Juanito

Juanito
ADMINISTRADOR
ADMINISTRADOR

El Parlamento de Navarra aprobó la legislatura pasada una moción parlamentaria que instaba al Gobierno de Navarra a regular la seguridad privada en las discotecas, que fue aprobada por unanimidad en la cámara foral.

El Gobierno de Navarra, atendiendo a la demanda del Parlamento, elabora esta proposición de ley para regular la seguridad privada en las discotecas de la comunidad foral.

Artículo 1: Controladores de acceso

La profesión denominada comúnmente como portero será de "controlador de acceso", y estará regulada en lo dispuesto en la presente ley.

Artículo 2: Acreditación homologada

El "controlador de acceso" deberá disponer de su acreditación homologada y lucirla en su lugar de trabajo, que deberá obtener academias homologadas que realicen cursos de preparación y examenes teóricos y prácticos, cuya competencia corresponda a la Policía Foral.

Artículo 3: Examen psicológico

Los "controladores de acceso" deberán pasar un examen psicológico realizado por el la delegación navarra del Colegio Oficial de Psicólogos.
El "controlador de acceso" deberá pasar revisión psicológica cada 6 meses y en caso de no aprobarla perderá la acreditación.

Artículo 4: Control sobre los profesionales

La Policía Foral realizará inspecciones rutinarias tras la aprobación de esta ley para garantizar el cumplimiento de la misma en las discotecas y pubs de Navarra.
En el caso de que no posea el acreditación, la empresa contratante recibirá una sanción de 3.000 euros y el individuo una de 500 euros.

Disposición Final

La presente ley entrará en vigor 3 meses después de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Volver arriba  Mensaje [Página 1 de 1.]

Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.