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Un despido de 20 días para las empresas con caída de ingresos

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Juanito

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ADMINISTRADOR
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El despido improcedente baja de 45 a 33 días

Un despido de 20 días para las empresas con caída de ingresos

El despido procedente se podrá aplicar por la caída de las ventas
Una empresa podría tener beneficios y acogerse a este despido
El despido improcedente bajará a partir de ahora de 45 a 33 días
Además, antes acumulaba hasta 42 meses y ahora baja a 24 meses
La ministra de Trabajo convoca el lunes a patronal y sindicatos

Jose A. Navas | Javier González | Madrid
Actualizado viernes 10/02/2012 16:31 horas

El Gobierno ha aprobado su "agresiva" reforma laboral por decreto Ley. Es decir, entrará en vigor este mismo lunes y tendrá que ser convalidada después por el Parlamento.

La reforma laboral, la segunda "estructural" en menos de dos años, llega con el paro a un nivel histórico, con casi 5,3 millones de desempleados, el 22,85% de la población activa, según el registro del antiguo Inem, y con tendencia a seguir escalando.

Entre las novedades más importantes de la reforma está el abaratamiento del despido, que se realizará por diferentes vías. La principal de ellas será que será mucho más fácil poder recurrir al despido procedente, que tiene una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de un año de salario.

La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, explicó tras su aprobación en Consejo de Ministros que la reforma "fomenta la contratación", "potencia los contratos indefinidos", busca "flexibilizar" las condiciones laborales de las empresas para evitar el despido y "lucha" contra la economía sumergida.

Por su parte, la ministra de Trabajo, Fátima Báñez, aseguró que la reforma se ha diseñado "pensando en los ciudadanos que están en el paro y sobre todo en los jóvenes, que ahora no tienen oportunidades".

Despido más barato

El contrato indefinido ordinario con una indemnización de 45 días por año trabajado y un máximo de 42 mensualidades desaparece. La indemnización será de 33 días por año trabajado y un máximo de 24 meses a partir de ahora para todos los contratos, aunque las compensaciones acumuladas no se anulan de forma retroactiva para los que tengan ahora contratos indefinidos.

De esta forma, a partir de ahora, la indemnización que se va acumulando para los que tengan contratos en vigor será de 33 días por año trabajado.

Pero casi más relevante que ese cambio será el de la concreción de las causas por las que las empresas podrán recurrir al despido procedente, que contempla una indemnización de 20 días y que es el menos usado en España. El texto concreta que se podrá aplicar cuando la empresa registre pérdidas -algo que ya se contemplaba- o caída "de los ingresos o ventas" durante tres trimestres consecutivos -esta última parte es la novedosa-.

El Ejecutivo reconoce que se facilita despedir con 20 días de indemnización, ya que no se recurrirá al despido exprés, por el que el empresario abonaba 45 días por una extinción laboral improcedente a cambio de evitar un proceso judicial.

Fátima Báñez ha asegurado que los procesos de despidos procedentes "por supuesto" tendrán control judicial.

No obstante, el Gobierno elimina la autorización administrativa previa para solicitar la reducción de jornada y los expedientes de regulación de empleo, que serán supervisados una vez realizados.

La eliminación de la autorización administrativa en los ERE también conllevará un despido más barato, al evitarse la negociación con los sindicatos en la que se podía llegar a obtener indemnizaciones de hasta 90 días, según afirmaron fuentes de Empleo a Efe.

Temporalidad

El Gobierno ha vuelto a aprobar el límite para los encadenamientos de contratos temporales en 24 meses a partir del 31 de diciembre de 2012 con el objetivo de acabar con la temporalidad.

El Ejecutivo anterior aprobó, de manera temporal y hasta el 1 de enero de 2013, que esos encadenamientos pudieran superar esos 24 meses.

Menos poder para los convenios

Los convenios de empresa tendrán prioridad sobre los acuerdos sectoriales, como los provinciales y los estatales.

Para ello se facilitará el 'descuelgue' a "las empresas en dificultades". En caso de falta de acuerdo extrajudicial entre dirección y comité de empresa, las partes irán al arbitraje si lo pactaron en el convenio colectivo. En caso de no ser así, el conflicto lo resolverá en menos de 25 días un árbitro nombrado por la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos nacional.

La ultraactividad de los convenios, antes infinita, durará a partir de ahora un máximo de dos años. Si comité y empresa no llegan a un acuerdo, el convenio dejará de estar vigente.

Contrato para emprendedores

El Ejecutivo ha creado un nuevo contrato indefinido para pymes de hasta 50 trabajadores que tendrá una deducción fiscal de 3.000 euros por la contratación de menores de 30 años.

Además, el trabajador podrá compatibilizar el 25% de la prestación por desempleo con el nuevo sueldo, mientras que a la empresa se le podrá deducir el 50% durante un año.

Formación al estilo alemán

La principal novedad es la creación de un fondo de formación "similar al fondo de la Seguridad Social": acompañará toda la vida trabajador. Además, el empleado tendrá derecho a 20 horas de formación pagadas por el empresario dentro de la empresa.

El sistema dual está inspirado en el utilizado en Alemania, donde parte de la formación del trabajador se realizará dentro de las propias empresas.

ETT y teletrabajo

Las agencias de trabajo temporal colaborarán con los servicios públicos de empleo en la colocación de trabajadores. Hasta ahora, el antiguo INEM apenas colocaba al 3% de los parados.

Asimismo, Báñez anunció, aunque no concretó, que el Gobierno regulará "por primera vez" el teletrabajo.

Empresas públicas

Asimismo, los directivos de las empresas públicas tendran una indemnización por cese de siete días por año trabajado y hasta 6 mensualidades. Sin embargo, si tenia una relación previa con la administración, no tendrá indemnización por volver a su cargo anterior.
Bonificaciones para jóvenes y mayores

Las empresas tendrán una bonificación en la cuota de la Seguridad Social de hasta 3.600 euros cuando contraten indefinidamente a jóvenes de entre 16 y 30 años durante tres años. A esta cifra se sumarán 1.000, 1.100 y 1.200 euros más por año de antigüedad, más 100 si es mujer en un sector con poca presencia femenina.

En el caso de los parados de larga duración, la bonificación será de 4.500 euros si se contrata a mayores de 45 años que lleven 12 de los últimos 18 meses en paro. A ello se sumarán 1.300 euros anuales hasta tres años, 1.500 si es mujer en sectores sin presencia femenina.

Parados: servicios a la comunidad

Como plan de lucha contra el fraude, se impulsará que los desempleados que cobren el paro realicen servicios a la comunidad mediante convenios de colaboración con las administraciones públicas.

Respecto a la lucha contra el absentismo, la vinculación de la asistencia al trabajo del empleado con la de la plantilla ya no se tendrá en cuenta para justificar el absentismo como causa de despido.
Movilidad

El Gobierno elimina el "rígido" sistema de clasificación por categorías profesionales para recurrir a un sistema de grupos profesionales más general.

La medida supondrá una mayor movilidad de los trabajadores a nuevas funciones. Ello supone, según el Ejecutivo, "una oportunidad" para que el empleado adquiera experiencias diferentes.

http://www.elmundo.es/elmundo/2012/02/10/economia/1328861856.html

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