La Audiencia Nacional ha condenado a seis años de cárcel a 15 de los 17 jóvenes acusados de formar parte de Segi, en cuyas actividades se incluían actos de 'kale borroka' ocurridos en San Sebastián desde 2005 hasta su arresto en 2007.
Entre los elementos que han servido para su condena están las declaraciones inculpatorias de algunos de ellos y el material incautado en sus domicilios. Incluyendo vídeos caseros grabados por los propios condenados en los que coreaban vivas a ETA en diversos escenarios, desde un concierto hasta un viaje nocturno en autobús en el que coreaban "¡Queremos tener una pagina web: gora ETA, gora ETA punto com!".
La sentencia indica que los vídeos fueron incautados al condenado Aitor Olaizola Urien en el disco duro de un ordenador. La imágenes muestran los vivas a ETA de Aitor y los también condenados Egoi Alberdi Casanova, Mikel Arretxe Saldibe y Oier Lorente Azpiazu
La Sección Segunda de lo Penal les considera miembros de la organización terrorista Segi en San Sebastián y les impone la pena mínima por ese delito, por debajo de los ocho años que reclamaba la Fiscalía.
Entre sus actividades estaban la de participar «en diferentes actuaciones de violencia callejera» tales como «el volcado e incendio de contenedores y autobuses, cortes de tráfico, corte de vías férreas, enfrentamientos y lanzamientos de objetos contra la Ertzaintza o contra edificios oficiales». El objetivo de esta acciones era incidir en la seguridad ciudadana y crear «un clima de amedrantamiento entre la población».
Entre los actos de 'kale borroka' destacan los atentados contra empresas relacionadas con la construcción del Tren de Alta Velocidad en el País Vasco y los ataques y quemas de autobuses en solidaridad con el etarra Iñaki de Juana.
La declaración incriminatoria
La declaración más sustanciosa fue la prestada por Ekaitz de Íbero, quien ante los agentes de la Policía Nacional tras ser arrestado incriminó a un gran número de sus compañeros de banquillo tanto en la estructura de Segi como en acciones de «kale borroka». Las palabras de De Íbero, que repitió ante el juez de la Audiencia Nacional Fernando Grande-Marlaska, quien instruyó la causa, han servido al tribunal de la Sección Segunda para fundamentar las condenas de los 15 miembros de Segi.
El tribunal ha absuelto a otras dos personas, Imanol Igal y Breogan Fernández. La sentencia explica que en sus respectivos domicilios no se intervino material de la organización terrorista Segi ni efectos relacionados con actos de 'kale borroka' por lo que "no se cumplen las exigencias de la corroboración mínima requerida" para su condena.
Entre los elementos que han servido para su condena están las declaraciones inculpatorias de algunos de ellos y el material incautado en sus domicilios. Incluyendo vídeos caseros grabados por los propios condenados en los que coreaban vivas a ETA en diversos escenarios, desde un concierto hasta un viaje nocturno en autobús en el que coreaban "¡Queremos tener una pagina web: gora ETA, gora ETA punto com!".
La sentencia indica que los vídeos fueron incautados al condenado Aitor Olaizola Urien en el disco duro de un ordenador. La imágenes muestran los vivas a ETA de Aitor y los también condenados Egoi Alberdi Casanova, Mikel Arretxe Saldibe y Oier Lorente Azpiazu
La Sección Segunda de lo Penal les considera miembros de la organización terrorista Segi en San Sebastián y les impone la pena mínima por ese delito, por debajo de los ocho años que reclamaba la Fiscalía.
Entre sus actividades estaban la de participar «en diferentes actuaciones de violencia callejera» tales como «el volcado e incendio de contenedores y autobuses, cortes de tráfico, corte de vías férreas, enfrentamientos y lanzamientos de objetos contra la Ertzaintza o contra edificios oficiales». El objetivo de esta acciones era incidir en la seguridad ciudadana y crear «un clima de amedrantamiento entre la población».
Entre los actos de 'kale borroka' destacan los atentados contra empresas relacionadas con la construcción del Tren de Alta Velocidad en el País Vasco y los ataques y quemas de autobuses en solidaridad con el etarra Iñaki de Juana.
La declaración incriminatoria
La declaración más sustanciosa fue la prestada por Ekaitz de Íbero, quien ante los agentes de la Policía Nacional tras ser arrestado incriminó a un gran número de sus compañeros de banquillo tanto en la estructura de Segi como en acciones de «kale borroka». Las palabras de De Íbero, que repitió ante el juez de la Audiencia Nacional Fernando Grande-Marlaska, quien instruyó la causa, han servido al tribunal de la Sección Segunda para fundamentar las condenas de los 15 miembros de Segi.
El tribunal ha absuelto a otras dos personas, Imanol Igal y Breogan Fernández. La sentencia explica que en sus respectivos domicilios no se intervino material de la organización terrorista Segi ni efectos relacionados con actos de 'kale borroka' por lo que "no se cumplen las exigencias de la corroboración mínima requerida" para su condena.