FALLECE UN COMPAÑERO EN SEVILLA [url=http://www.vigilantes2008.com/]
José Antonio Jiménez Ceferino (en la foto), Vigilante de Seguridad, falleció el pasado martes casi dos meses después de recibir una brutal paliza por una banda de ladrones y asesinos que, según la policía, procedían de Europa del Este.
José Antonio llevaba desde el día 25 de noviembre ingresado en el hospital Virgen del Rocío de Sevilla, tratando de recuperarse de las lesiones que le produjeron sus agresores. Estos delincuentes pretendían robar unos pocos metros de cable de cobre en la planta solar de Marchena (Sevilla), lugar en el que trabajaba José Antonio.
Además de múltiples golpes por todo el cuerpo y un traumatismo craneoencefálico grave, le rompieron un brazo y le clavaron un punzón en un ojo. Después lo esposaron con sus propios grilletes y lo dejaron tirado hasta que, a primera hora de la mañana, fue encontrado por operarios de la planta.
Ahora, la Unidad Provincial de Seguridad Privada le concederá, a título póstumo, la mención honorífica de tipo A. Pero personalmente creo que José Antonio y su familia estarían más agradecidos a la Policía si, en vez de una mención a título póstumo (que seguro nadie quiere tener), hubiesen hecho todo lo posible para que se cumpliera la Ley de Seguridad Privada en la planta fotovoltáica donde prestaba servicio nuestro compañero. Quizás el hecho de llevar arma, le hubiera salvado la vida.
El Reglamento de Seguridad Privada (R. D. 2354/1994), por el que se regula la Ley 23/1992, del 30 de Julio de Seguridad Privada, dice en su artículo 81, apartado c, en el punto 2º lo siguiente:
Artículo 81.Prestación de servicios con armas:
c) En lossiguientes establecimientos, entidades, organismos o inmuebles, cuando así se disponga por la Dirección General de la Policía en los supuestos que afecten a más de una provincia, o por los Gobiernos Civiles, valoradas circunstancias tales como la localización, el valor de los objetos a proteger, la concentración del riesgo o peligrosidad, la nocturnidad u otras de análoga significación:
2.º Centros de producción, transformación y distribución de energía.Me gustaría saber por qué la Policía no entendió esta fórmula tan sencilla:
Concentración de riesgo por valor de objetos a proteger + Localización (zona aislada) + Centro de transformación y distribución de energía + Nocturnidad = obligatoriedad de prestación de servicio con arma.
Seguro que la empresa Omega Seguridad, para la que trabajaba José Antonio y la planta de energía solar, donde ocurrieron los hechos, tienen gran parte de culpa y se les abrirán diligencias por ello, pero también deberían exigir responsabilidades a quien permitió que ese servicio se llevase a cabo sin cumplir con la normativa, sobre todo teniendo en cuenta que se está poniendo en riesgo la vida de una persona.
Ojalá la muerte de José Antonio sea la última en estas circunstancias y sirva para llamar la atención sobre la situación y condiciones en las que trabajan muchos Vigilantes de Seguridad.
Descansa en paz, compañero.