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Seguridad privada


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Competencias de la Guardia Civil en Seguridad Privada

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Juanito

Juanito
ADMINISTRADOR
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En relación la Seguridad Privada, la Guardia Civil, en virtud de lo dispuesto en la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada (BOE. núm. 186, de fecha 04-08-92), y normativa de desarrollo, tiene encomendadas las siguientes competencias:

Armas de las empresas de seguridad y su personal:
- Control de las armas.
- Concesión de las licencias tipo C.
- Armeros para la custodia de las armas.
- Ejercicios de tiro.
- Instructores de Tiro.

Guardas particulares del Campo y sus especialidades:
- Control administrativo.
- Centros de Formación.
- Profesores de los Centros de Formación de los Guardas Particulares del Campo y sus especialidades.

La comunicación operativa con las empresas de seguridad privada y su personal, en el ámbito de responsabilidad de la Guardia Civil, de acuerdo con la distribución de competencias establecida en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Las competencias atribuidas a la Guardia Civil se llevan a cabo por:

La Intervención Central de Armas y Explosivos (ICAE), en todo lo concerniente a armas y explosivos.
El Servicio de Protección y Seguridad (SEPROSE), en las cuestiones que la Ley de Seguridad Privada asigna a la Guardia Civil.

http://www.guardiacivil.es/es/servicios/seguridadprivada/index.html

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