Estimados compañeros, mi pregunta es la siguiente debido a que estamos teniendo un problema en el servicio por culpa de una cámara instalada en el cuarto de control de un centro comercial. Al parecer, y según el enlace sindical, es ilegal ya que nos esta grabando constantemente a nosotros y no podemos ni siquiera beber una misera coca cola ya que nos vigilan constantemente. Según el departamento de seguridad del centro es para nuestra seguridad, si esto es así, ¿no debería estar posicionada a la puerta de entrada a la sala de control? Se da el caso que la usan para vigilarnos a nosotros mismos y usarla en nuestra contra. A ver si me podeis ayudar porque ya estoy un pelín cansado de todo esto. Otra de mis preguntas es la siguiente y si hay algun sindicalista por aquí que me pueda aclarar otra pregunta, es la siguiente: En cuanto al tema del descanso, ¿me podrian prohibir que en mis 20 minutos de descanso, provisto de una chaqueta personal, salir a la calle a fumar un cigarro? tengo entendido que no. Y si a tienda cerrada que no tenemos posibilidad de salir a la calle ¿me tendria que habilitar una zona para poder fumar en mi tiempo de descanso en servicios de 12 horas?
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