Pues eso, que la todo poderosa pretendía quitar un vigilante de un centro de trabajo, para poner otro, supongo mas adepto o afín al gerente de turno y el cliente se lo impide, estas cosas suceden sobre todo cuando vencen los concursos y las empresas se quitan "elementos" de encima metiéndoselos sobre todo a clientes de la administración, me alegro por el compañero que no es sustituido y aunque no tengo todos los datos, me presumo que los tiros vayan por ahí.
http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=962638
TSJ dice no se puede obligar a Defensa a aceptar a vigilante(Murcia) JUSTICIA | > AREA:
16-10-2011 / 10:30 h
Murcia, 16 oct (EFE).- La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJ) ha dicho en una sentencia que la subdelegación del Ministerio de Defensa en Cartagena (Murcia) no puede ser obligada por una empresa de seguridad a aceptar a un vigilante en sustitución de otro que prestaba sus servicios en la misma.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que la empresa "Prosegur" acordó con su empleado que éste pasara a prestar sus servicios en la citada subdelegación, en un puesto en el que relevaría al compañero que hasta entonces lo había desempeñado.
El Ministerio de Defensa se opuso a este cambio porque, alegó, no se le había comunicado esta decisión "en tiempo y forma", como determina el contrato que vincula a este departamento y a la mencionada empresa de seguridad.
La Sala indica que "tratándose de servicios de seguridad con armas a prestar en dependencias del Ministerio de Defensa en virtud de una contrata, aunque no se hayan aportado los términos de ésta, hay que apreciar que este departamento no puede ser obligado a aceptar, en contra de su voluntad, la sustitución de trabajadores propuesta por la empresa demandada".
El TSJ añade que esa obligación no le puede ser impuesta "ni siquiera por decisión judicial, por lo que desestima el recurso presentado por el trabajador. EFE
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16-10-2011 / 10:30 h
Murcia, 16 oct (EFE).- La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJ) ha dicho en una sentencia que la subdelegación del Ministerio de Defensa en Cartagena (Murcia) no puede ser obligada por una empresa de seguridad a aceptar a un vigilante en sustitución de otro que prestaba sus servicios en la misma.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que la empresa "Prosegur" acordó con su empleado que éste pasara a prestar sus servicios en la citada subdelegación, en un puesto en el que relevaría al compañero que hasta entonces lo había desempeñado.
El Ministerio de Defensa se opuso a este cambio porque, alegó, no se le había comunicado esta decisión "en tiempo y forma", como determina el contrato que vincula a este departamento y a la mencionada empresa de seguridad.
La Sala indica que "tratándose de servicios de seguridad con armas a prestar en dependencias del Ministerio de Defensa en virtud de una contrata, aunque no se hayan aportado los términos de ésta, hay que apreciar que este departamento no puede ser obligado a aceptar, en contra de su voluntad, la sustitución de trabajadores propuesta por la empresa demandada".
El TSJ añade que esa obligación no le puede ser impuesta "ni siquiera por decisión judicial, por lo que desestima el recurso presentado por el trabajador. EFE