Para quien quiera saber la legitimidad de nuestra denominación de Agentes de Seguridad Privada, esta viene recogida en la norma europea UNE EN 15.602 Security Service Providers -Terminology (Terminología sobre proveedores de servicios de seguridad), aprobada por la Unión Europea en el año 2.008. Este término no está recogido en la Ley de Seguridad Privada, si bien no por ello deja de ser de uso legal en toda la Unión Europea, y posiblente sea el aplicado en un futuro próximo.
Foro independiente de profesionales habilitados