El TS confirma la condena a dos etarras por la muerte de Máximo Casado
14/10/2010 EFE
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de 28 años de prisión impuesta a los etarras Juan Carlos Subijana y Zigor Bravo por reunir información para asesinar, el 22 de octubre de 2000, al funcionario de prisiones Máximo Casado. En una sentencia notificada hoy, la Sala de lo Penal del Supremo rechaza los recursos que los condenados interpusieron contra la resolución de la Audiencia Nacional, que el pasado mes de marzo les condenó a la citada pena. En una vista pública celebrada el pasado 22 de septiembre la Fiscalía y el letrado de la acusación particular reclamaron al Alto Tribunal que confirmara las citadas condenas.
Según el fiscal, la prueba de cargo que se práctico "es suficiente" y "no se limitó a la autoinculpación de los procesados en sede policial", lo que avala el Supremo. "En el domicilio de Subijana se encontraron papeles que recogían información sobre el funcionario de prisiones y en esa información había datos explícitos que sirvieron a ETA para perpetrar el asesinato", según recordó el fiscal. Al respecto, el TS señala que en uno de los documentos intervenidos figuran las expresiones "carcelero, plano, claves, garaje, domicilio".
Por su parte, el abogado de los etarras pidió que fueran absueltos al considerar que no hay pruebas de que Bravo diera información a Subijana sobre el funcionario de prisiones, ni de que ETA hubiese usado esos datos para matar a Máximo Casado, que estaba destinado en el centro penitenciario de Nanclares de la Oca (Álava). La Audiencia Nacional consideró probado que Subijana, alias "Txanpi" y "Kepa", y Bravo integraban en el año 2000 uno de los denominados "comandos de información" de ETA.
Según la sentencia, fue el segundo el que, aprovechando que el domicilio de sus padres se encontraba en el mismo inmueble que el del fallecido, proporcionó al primero información "precisa sobre las circunstancias personales del funcionario, su dirección, su vehículo y la ubicación de su plaza de garaje". A su vez, Subijana facilitó toda esa información, así como la llave de acceso al garaje, a la banda terrorista. Miembros no identificados de la misma, prosigue el tribunal, llevaron a cabo el atentado dentro de su campaña "contra el poder judicial y carceleros".
Para llevarlo a cabo, colocaron un artefacto tipo lapa en los bajos del vehículo de Casado, que explotó alrededor de las 7:45 horas del 22 de octubre de 2000 cuando la víctima intentaba arrancar el coche. El Supremo destaca que los padres de Bravo vivían en el mismo inmueble que la víctima, "por lo que tenía fácil acceso a éste y a la información precisa (lugar donde el fallecido aparcaba su vehículo, vías de acceso y de salida del garaje, llaves del mismo, etc.) para la planificación de la acción terrorista".
14/10/2010 EFE
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de 28 años de prisión impuesta a los etarras Juan Carlos Subijana y Zigor Bravo por reunir información para asesinar, el 22 de octubre de 2000, al funcionario de prisiones Máximo Casado. En una sentencia notificada hoy, la Sala de lo Penal del Supremo rechaza los recursos que los condenados interpusieron contra la resolución de la Audiencia Nacional, que el pasado mes de marzo les condenó a la citada pena. En una vista pública celebrada el pasado 22 de septiembre la Fiscalía y el letrado de la acusación particular reclamaron al Alto Tribunal que confirmara las citadas condenas.
Según el fiscal, la prueba de cargo que se práctico "es suficiente" y "no se limitó a la autoinculpación de los procesados en sede policial", lo que avala el Supremo. "En el domicilio de Subijana se encontraron papeles que recogían información sobre el funcionario de prisiones y en esa información había datos explícitos que sirvieron a ETA para perpetrar el asesinato", según recordó el fiscal. Al respecto, el TS señala que en uno de los documentos intervenidos figuran las expresiones "carcelero, plano, claves, garaje, domicilio".
Por su parte, el abogado de los etarras pidió que fueran absueltos al considerar que no hay pruebas de que Bravo diera información a Subijana sobre el funcionario de prisiones, ni de que ETA hubiese usado esos datos para matar a Máximo Casado, que estaba destinado en el centro penitenciario de Nanclares de la Oca (Álava). La Audiencia Nacional consideró probado que Subijana, alias "Txanpi" y "Kepa", y Bravo integraban en el año 2000 uno de los denominados "comandos de información" de ETA.
Según la sentencia, fue el segundo el que, aprovechando que el domicilio de sus padres se encontraba en el mismo inmueble que el del fallecido, proporcionó al primero información "precisa sobre las circunstancias personales del funcionario, su dirección, su vehículo y la ubicación de su plaza de garaje". A su vez, Subijana facilitó toda esa información, así como la llave de acceso al garaje, a la banda terrorista. Miembros no identificados de la misma, prosigue el tribunal, llevaron a cabo el atentado dentro de su campaña "contra el poder judicial y carceleros".
Para llevarlo a cabo, colocaron un artefacto tipo lapa en los bajos del vehículo de Casado, que explotó alrededor de las 7:45 horas del 22 de octubre de 2000 cuando la víctima intentaba arrancar el coche. El Supremo destaca que los padres de Bravo vivían en el mismo inmueble que la víctima, "por lo que tenía fácil acceso a éste y a la información precisa (lugar donde el fallecido aparcaba su vehículo, vías de acceso y de salida del garaje, llaves del mismo, etc.) para la planificación de la acción terrorista".