Valor de la hora extraordinaria para los vigilantes de seguridad
Muchos de los trabajadores del sector de la vigilancia privada, se han visto afectados durante años, bien por no serles ni abonadas ni cotizadas, las horas extraordinarias que realizan A DIARIO, superando en más del doble las horas establecidas por el Convenio Colectivo de aplicación.
En el mejor de los casos, que tampoco podemos dar por deseable, se pagan de manera totalmente desfavorable, teniendo en cuenta para su cálculo solo el valor del salario base.
La sentencia del Tribunal Supremo de 10 de noviembre de 2.009, ha abierto una nueva vía para reclamar el VALOR de la hora extraordinaria, pero como excusa y dado el “nivel” de nuestros grandes sindicatos, se está enmascarando y dilatando la negociación bajo la situación de crisis que vivimos. “Como estamos mal…pues vamos a colaborar con la empresa” hay algo más injusto que esta forma de justificar el problema?
Tras años de realizar cientos y miles de horas extraordinarias sin pagar y sin cotizar, debemos estancarnos y ser conscientes de la situación del “sufrido” empresario que se ha aprovechado de la situación laboral en la que vivimos y para incrementar la situación, de momento, bien, o no pagarlas o pactar antes de entrar en juicio para no levantar la liebre y crear precedente.
Esta situación es la que viven muchos trabajadores de este sector a la hora de demandar esta explotación, ya que no se puede calificar de otra manera, cuando el tope de horas ordinarias al mes son 162, y luego se comprueba que se hacen, en muchos de los casos, más de 200 a la semana, increible!!.
Por otro lado, y dado el tenor de la sentencia del Supremo, el artículo 42, del convenio, se ve totalmente desprovisto de contenido y por lo tanto derogado, por lo que se está planteando la negociación de un nuevo convenio colectivo al verse afectado en uno de los extremos más conflictivos e importantes en este sector. Pero dado que el convenio adolece de una injusticia como la evidenciada por la citada sentencia, que queda obsoleto en cuanto a la actualización salarial y que deviene total y absolutamente injusto, ya podrían dejar los condicionantes políticos e iniciar ya la negociación.
Desgraciadamente, los grandes sindicatos están comprados por el gobierno y no van a poner otra piedra en el camino que soliviante, aún más si se puede, a la clase trabajadora.
Esperemos que al menos los juzgados de lo social e instancias superiores, apliquen la jurisprudencia en favor de los más débiles y hoy por hoy, estafados por las empresas.
Puedes ver la sentencia del Supremo en este enlace:
http://sts-a.com/sentencia-tribunal-supremo-horas-extras.pdf
http://noticiasvigilantes.foroactivo.com/vigilantes-de-seguridad-y-especialidades-f1/valor-de-la-hora-extraordinaria-para-los-vigilantes-de-seguridad-t5603.htm
Muchos de los trabajadores del sector de la vigilancia privada, se han visto afectados durante años, bien por no serles ni abonadas ni cotizadas, las horas extraordinarias que realizan A DIARIO, superando en más del doble las horas establecidas por el Convenio Colectivo de aplicación.
En el mejor de los casos, que tampoco podemos dar por deseable, se pagan de manera totalmente desfavorable, teniendo en cuenta para su cálculo solo el valor del salario base.
La sentencia del Tribunal Supremo de 10 de noviembre de 2.009, ha abierto una nueva vía para reclamar el VALOR de la hora extraordinaria, pero como excusa y dado el “nivel” de nuestros grandes sindicatos, se está enmascarando y dilatando la negociación bajo la situación de crisis que vivimos. “Como estamos mal…pues vamos a colaborar con la empresa” hay algo más injusto que esta forma de justificar el problema?
Tras años de realizar cientos y miles de horas extraordinarias sin pagar y sin cotizar, debemos estancarnos y ser conscientes de la situación del “sufrido” empresario que se ha aprovechado de la situación laboral en la que vivimos y para incrementar la situación, de momento, bien, o no pagarlas o pactar antes de entrar en juicio para no levantar la liebre y crear precedente.
Esta situación es la que viven muchos trabajadores de este sector a la hora de demandar esta explotación, ya que no se puede calificar de otra manera, cuando el tope de horas ordinarias al mes son 162, y luego se comprueba que se hacen, en muchos de los casos, más de 200 a la semana, increible!!.
Por otro lado, y dado el tenor de la sentencia del Supremo, el artículo 42, del convenio, se ve totalmente desprovisto de contenido y por lo tanto derogado, por lo que se está planteando la negociación de un nuevo convenio colectivo al verse afectado en uno de los extremos más conflictivos e importantes en este sector. Pero dado que el convenio adolece de una injusticia como la evidenciada por la citada sentencia, que queda obsoleto en cuanto a la actualización salarial y que deviene total y absolutamente injusto, ya podrían dejar los condicionantes políticos e iniciar ya la negociación.
Desgraciadamente, los grandes sindicatos están comprados por el gobierno y no van a poner otra piedra en el camino que soliviante, aún más si se puede, a la clase trabajadora.
Esperemos que al menos los juzgados de lo social e instancias superiores, apliquen la jurisprudencia en favor de los más débiles y hoy por hoy, estafados por las empresas.
Puedes ver la sentencia del Supremo en este enlace:
http://sts-a.com/sentencia-tribunal-supremo-horas-extras.pdf
http://noticiasvigilantes.foroactivo.com/vigilantes-de-seguridad-y-especialidades-f1/valor-de-la-hora-extraordinaria-para-los-vigilantes-de-seguridad-t5603.htm