Estimado compañer@s,
Ante las últimas informaciones que nos llegan quejándose sobre el trato recibido por el personal intermedio y jefes, os recordamos en que incurren cuando realizan ciertas manifestaciones, al carecer totalmente de la formación más elemental en gestión de empresa, por lo que os recordamos realizar grabaciones de voz ó vídeo con el móvil donde quede reflejados sus comportamientos, coacciones, amenazas e insultos más ruines y torticeros, la Ley es la Ley por mucho jefucho incopetente que sea y la paga como el que más.
GRÁBALO Y DENUNCIALO no te dejes pisar, por alguien que sobra en este SECTOR
Artículo 311.
Serán castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses:
1.
Los que, mediante engaño o abuso de situación de necesidad impongan a los trabajadores a su servicio condiciones laborales o de Seguridad Social que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual.
2.
Los que en el supuesto de transmisión de empresas, con conocimiento de los procedimientos descritos en el apartado anterior, mantengan las referidas condiciones impuestas por otro.
3.
Si las conductas reseñadas en los apartados anteriores se llevaren a cabo con violencia o intimidación se impondrán las penas superiores en grado.
--
http://ccoo-securitas-barcelona.blogspot.com/
Ante las últimas informaciones que nos llegan quejándose sobre el trato recibido por el personal intermedio y jefes, os recordamos en que incurren cuando realizan ciertas manifestaciones, al carecer totalmente de la formación más elemental en gestión de empresa, por lo que os recordamos realizar grabaciones de voz ó vídeo con el móvil donde quede reflejados sus comportamientos, coacciones, amenazas e insultos más ruines y torticeros, la Ley es la Ley por mucho jefucho incopetente que sea y la paga como el que más.
GRÁBALO Y DENUNCIALO no te dejes pisar, por alguien que sobra en este SECTOR
Artículo 311.
Serán castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses:
1.
Los que, mediante engaño o abuso de situación de necesidad impongan a los trabajadores a su servicio condiciones laborales o de Seguridad Social que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual.
2.
Los que en el supuesto de transmisión de empresas, con conocimiento de los procedimientos descritos en el apartado anterior, mantengan las referidas condiciones impuestas por otro.
3.
Si las conductas reseñadas en los apartados anteriores se llevaren a cabo con violencia o intimidación se impondrán las penas superiores en grado.
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