Mario Laborie Iglesias
Teniente coronel del Ejército de Tierra
Analista principal del IEEE
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«La guerra se acerca mucho más a la política, que por su parte puede ser considerada una especie de comercio a gran escala»
Clausewitz
Artículo cedido por: Instituto Español de Estudios Estratégicos
Introducción
En una tendencia de crecimiento imparable, las empresas transnacionales exportadoras de servicios relacionados con la seguridad, que llevan acabo funciones hasta ahora catalogadas como inherentemente estatales, se han convertido en actores muy relevantes a la hora de entender el entorno de seguridad del mundo actual.
A lo largo de los siglos, el uso privado de la violencia ha sido la regla y no la excepción. Solo a partir de la Paz de Westfalia y con ella el nacimiento del Estado nación, los actores armados privados comenzaron a ser cuestionados por no ajustarse al principio de soberanía nacional surgido entonces.
Es a partir de ese momento histórico cuando el Estado se erige en la pieza maestra del orden internacional asumiendo, con exclusividad, la capacidad de control y utilización de la fuerza militar. Los nuevos nacionalismos, impulsados por la revolución industrial, adoptan el modelo del ejército de ciudadanos, basado en la leva en masa. Con ello, el anterior modelo de ejército profesional, que contaba con una gran presencia de mercenarios, es rechazado de forma generalizada y cae en desuso.
Entre finales del siglo XIX y la primera mitad del siglo XX se observa un progresivo fortalecimiento de los Estados y de los asuntos públicos.
La I y II Guerras Mundiales son ejemplos de enfrentamiento entre ejércitosindustrializados de recluta obligatoria. Además, las instituciones y organizaciones internacionales nacidas con posterioridad a la II Guerra Mundial, se crean para tratar los asuntos entre Estados, ya que se asume que solo ellos deben ser considerados entes legales dentro del sistema internacional. Así, el Estado constituye la piedra angular en la que descansa la seguridad. En otros términos, en el orden westfaliano los conceptos de seguridad y Estado están firmemente imbricados.
Con el final de la guerra fría y bajo el creciente impulso de la globalización el orden político internacional deja de ser un sistema cerrado, dominado por los Estados, y se convierte en un sistema en el que el poder está repartido entre una multiplicidad de actores. Este contexto viene a indicar una evolución o crisis del modelo de Estado nación que se refleja en una creciente transferencia de autoridad por parte de los Estados, en un sentido hacia organismos locales y regionales, y en el contrario hacia instituciones internacionales y globales. Pero simultáneamente, la creciente intervención de actores privados en esferas antes acotadas exclusivamente a la iniciativa pública viene a manifestar la trasformación incuestionable del papel del Estado.
En el ámbito de la seguridad la pérdida de importancia relativa de los Estados se manifiesta de forma taxativa en un crecimiento en el número e importancia de diversos grupos armados no estatales. Mercenarios, ejércitos privados, milicias, señores de la guerra y organizaciones criminales internacionales, entre otros, suponen un reto al orden internacional como ha sido entendido en los dos últimos siglos, poniendo en entredicho la norma de que solo el Estado tiene el monopolio del uso legítimo de la violencia. Las tendencias globales del siglo XXI, de carácter político, económico, social o técnico, favorecen la aparición y crecimiento de estos grupos armados privados. Estas condiciones, además, expanden los efectos de sus acciones sobre la seguridad internacional.
El negocio privado de la fuerza armada, que observa a la seguridad bajo un prisma comercial, en un mundo dominado por la globalización y la apertura de los mercados, encuentra en este contexto el medio óptimo para crecer. Las empresas militares y de seguridad privada, eje central de esta obra, no desaprovechan la ocasión y se convierten en proveedores de servicios hasta ahora ligados a las funciones centrales de los Estados.
Un asunto relevante es precisamente la utilización del término «militar» para referirse a algunas de las funciones que llevan a cabo estas firmas privadas. Las implicaciones del uso de dicho vocablo están relacionadas con la controversia sobre la limitación de cuáles son las funciones que constituyen la médula de las competencias de los Estados. Por este motivo, el propio sector privado prefiere referirse a sí mismo como de «seguridad». Para tratar de sobreponerse a este debate terminológico, este texto acude al ya reiterado de Empresas Militares y de Seguridad Privadas (EMSP).
Por otro lado, a la hora de afrontar el estudio de las empresas privadas que ofrecen servicios de seguridad, se emplean numerosos términos confundiéndose en múltiples ocasiones unos con otros, ocasionando ambigüedades conceptuales. Según el Diccionario de la RAE contratista es la «persona que por contrata ejecuta una obra material o está encargada de un servicio para el Gobierno, para una corporación o para un particular».
Desde el punto de vista de la legislación española, el contratista es la empresa que proporciona el servicio citado, diferenciándose de sus empleados.
No obstante, en los estudios sociales el término «contratista»se emplea de una manera genérica englobando tanto al empleador comoal empleado, de similar forma a lo señalado por la RAE. Este significadogeneral es el utilizado en este estudio.
Una acusación recurrente que persigue a las EMSP es aquella que las señala como una moderna forma de entender el viejo oficio de «soldado de fortuna». Las definiciones formales de mercenario provienen de tres fuentes oficiales: El Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra de 1977, la Convención de la Organización para la Unidad Africana (hoy Unión Africana) para la eliminación de los mercenarios en África de 1972 y la Convención Internacional contra el reclutamiento, uso, financiación y entrenamiento de mercenarios de 1989. Sin embargo, estas definiciones presentan algunas deficiencias fundamentales, y como ha quedado comprobado en la práctica, no logran definir a los mercenarios de una manera efectiva. Por ello, ciertos autores han proporcionado definiciones alternativas. Estas coinciden de forma general en que un mercenario proporciona un servicio relacionado con el combate directo de carácter temporal, no se integra en estructuras orgánicas permanentes, mantiene un cierto grado de clandestinidad, y actúa motivado primordialmente por razones económicas personales y con un horizonte a corto plazo.
A la vista de las definiciones y características que pueden ser aportadas, existen argumentos a favor de señalar que los contratistas son en realidad mercenarios, en su sentido tradicional, y no guardias de seguridad o asesores, que han adaptado sus actividades a los nuevos tiempos dominados por la fuerza del mercado y la globalización. No obstante, esta visión no es compartida por otros expertos, académicos e incluso por militares en activo, que resaltan las diferencias existentes entre mercenarios y EMSP. En numerosos casos, los gobiernos nacionales se reservan el derecho de regular estrictamente el número, la naturaleza y el armamento de esas fuerzas privadas y sostienen que siempre que no sean empleados en acciones de combate directo estas actividades no se encuentran relacionadas con los mercenarios. Esta utilización por parte de gobiernos otorga legitimidad a las EMSP, algo de lo que los mercenarios carecen.
Aunque la participación de contratistas civiles en apoyo a las operaciones militares se remonta a varios decenios atrás, los ejércitos occidentales en general y el de los EE.UU. en particular, incrementaron el uso de empresas proveedoras de servicios militares y de seguridad durante los años 90 debido a las presiones del mercado en busca de la eficienciaeconómica, la intensificación de la expansión tecnológica, la reducción de efectivos, el cambio social producido en un mundo globalizado y el estallido de numerosos conflictos normalmente de carácter étnico y regional.
Estas circunstancias promueven una fuerte demanda de seguridad que es satisfecha por el mercado libre, ya que ahora es considerada como un sector económico más.
Los medios públicos convencionales existentes hasta el momento, no pueden cubrir esta carencia de seguridad, siendo por lo tanto las EMSP las que, en la más pura aplicación de la ley oferta-demanda, solventan la necesidad.
Este mercado de los servicios militares y de seguridad privados, está dominado fundamentalmente por firmas de origen estadounidense o británico.En el caso de los EE.UU. el crecimiento de las EMSP ha seguido fidedignamente las necesidades del Gobierno norteamericano, siendo este su principal cliente. Por parte del Reino Unido, la expansión se ha visto indudablemente beneficiada por la existencia de contactos en las antiguas colonias, teniendo su negocio un carácter más global, no sujeto a las exigencias del Gobierno británico.Los servicios que las EMSP proporcionan están integrados en los procedimientos operativos de gobiernos, organizaciones internacionales, ONG y empresas multinacionales.
Cuando actúan en zonas donde la seguridad física no está garantizada o se requiere apoyo diverso, todos estos tiposde clientes recurren a los contratistas privados.
Dada la falta de transparencia del sector es difícil determinar, de forma exacta, tanto el volumen del negocio como el número de compañías militares y de seguridad privadas existentes en el mundo. Según algunas fuentes, en la actualidad, el mercado global de servicios militares podría
estar comprendido entre los 20 y los 100 millardos de USD.
En cualquier caso, concurren algunos datos que nos indican que el sector vive años de gran crecimiento. A finales de 2010 había operando en Irak 100 empresas (72 iraquíes y 28 extranjeras) que proporcionaban o bien servicios de escolta a personas o seguridad a infraestructuras y convoyes. Estas empresas empleaban en esas fechas a más de 30.000 personas armadas.
Pero estas cifras son superadas en Afganistán, país en el que se estima que 70.000 individuos realizan labores de seguridad con armas para alguna de las organizaciones internacionales, ONG o el propio gobierno afgano. No obstante, estos casos no constituyen hechos aislados del auge del sector, ya que la mayoría de los países occidentales y organizaciones internacionales están recurriendo en diversa medida a las empresas privadas para apoyar el despliegue de su personal en zonas conflictivas.
Desde mediados de los años 70 del siglo pasado, las EMSP han acomodado sus prácticas y organización interna a las demandas del mercado. En sus orígenes las EMSP entonces existentes, o bien se encontraban próximas al mercenariado o prestaban únicamente apoyo logístico a las fuerzas armadas regulares. Con el fin de la guerra fría y el cambio del entorno estratégico, se produce una transformación definitiva del sector en el que las EMSP se dotan de estructura corporativa y personalidad jurídica tal y como hoy las entendemos.
No obstante, a finales del siglo XX algunas empresas proporcionaban servicios ligados al combate directo loque provocó el rechazo de Estados y organizaciones internacionales. La casi totalidad de las empresas de hoy en día ha abandonado estas prácticas y tratan por todos los medios de lograr el reconocimiento internacional, a través de apoyar una regulación más robusta de sus actividades.
La prosperidad que vive el mercado de la fuerza armada solo es comprensible si se observan las múltiples ventajas que para sus clientes tiene el empleo de EMSP. Para los gobiernos de países occidentales, estas ventajas son variadas: posibilidad de desplegar con carácter inmediato a personal con alta especialización, ahorro económico y evadir limitaciones y responsabilidades constituyen algunas de ellas. También existen ventajas para otras organizaciones e instituciones, sobre todo cuando deben actuar en situaciones en las que la seguridad no se encuentra garantizada, esencialmente debido a la debilidad del gobierno local.
Del mismo modo, las actividades de las EMSP plantean recelos y controversias.Sus actuaciones, en algunos casos de gran repercusión internacional, han manchado su reputación y planteado dudas acerca de su conducta. Estos recelos se encuentran básicamente enraizados en la falta de control de las acciones de las EMSP y de sus empleados, la carencia de responsabilidad legal por los posibles delitos que estos lleven a cabo y la quiebra de ciertos principios éticos y morales ligados a los fundamentos del Estado de derecho. En este último aspecto, la creciente proliferación y reconocimiento de estas compañías cuestiona la forma en que entendemos la democracia en Occidente, ya que están alterando la norma esencial de que el monopolio del uso de la fuerza, legítimamente ejercido y controlado, debe residir exclusivamente en el Estado.
Las Fuerzas Armadas, como organización armada que garantiza la aplicación de la violencia legítima de acuerdo a los principios que emanan del Estado democrático, son sin duda la institución que se ve más afectada por la actividad de estas firmas que entienden a la seguridad como una forma más de negocio. Oficialmente, los Ejércitos nacionales solo recurren a EMSP para aquellos cometidos que no constituyen tareas militares en esencia, ya que estas, al menos en teoría, son juzgadas como funciones inherentemente gubernamentales. Sin embargo, en la práctica, se ha difuminado la línea divisoria entre las actividades esencialmente estatales, que no deben ser externalizadas en ningún caso, y las labores comerciales que pueden estar sujetas a la gestión del sector privado.
En gran medida los dilemas que las EMSP presentan podrían ser subsanados a través de una legislación adecuada que diese respuesta alos retos planteados. La regulación aplicable al fenómeno de las EMSP puede ser llevada a cabo en tres ámbitos: internacional, nacional e interno al propio sector privado, la denominada autorregulación.
No bstante, el aumento exponencial del número de estas empresas no se ha visto secundado por un desarrollo paralelo de los mecanismos de control necesarios, así como de una eficaz regulación de sus actividades a través de un cuerpo legislativo sólido en cualquiera de los ámbitos citados.
Ya que las actividades de las EMSP tienen un carácter internacional, es esta esfera de actuación la que, a priori, dispone de mejores oportunidades para una más efectiva reglamentación. Pero, la legislación internacional no dispone de leyes específicas relativas a las EMSP y sus empleados.
Así, los más críticos con estas empresas tratan de aplicar el derecho internacional consuetudinario que iguala a aquellas con el mercenariado con objeto de prohibir sus actividades. Este enfoque crítico tiene su base en las leyes de neutralidad y de prohibición del uso de la fuerza en las relaciones entre Estados y las ya enunciadas convenciones antimercenario.
El problema que se suscita es determinar si los contratistas pueden ser o no considerados como mercenarios, asunto sobre el que no existe un consenso generalizado.
Similares dificultades presenta la aplicabilidad del Derecho Internacional Humanitario (DIH) a las EMSP y sus empleados. El DIH que define los derechos y deberes de toda persona presente en una zona de conflicto, plantea dudas sobre si se disponen de instrumentos específicos que puedan ser de aplicación a este caso. Descartando que los contratistas caigan dentro de la categoría de combatientes ilegales, la dificultad reside en la imposibilidad de determinar con claridad su estatuto según el DIH: civil o combatiente. Es importante resaltar, que según la interpretación del Comité Internacional de la Cruz Roja, los contratistas son civiles y por lo tanto se encuentran protegidos contra ataques directos, a menos que participen de forma directa en las hostilidades. Pero aunque interesante, esta es una mera opinión sin valor normativo.
La legislación elaborada por los propios Estados constituye una segunda forma de control. Países como los Estados Unidos o Sudáfrica disponen de leyes al respecto, no ocurriendo, sin embargo, lo mismo en Europa.No obstante, en un mundo globalizado como el de hoy, si un Estado impone leyes desfavorables a los intereses comerciales de las EMSP, nada impide a las mismas cambiar de domicilio social a otro más conveniente a sus intereses. España no dispone de regulación para la exportación de servicios de seguridad privados y la legislación existente solo atiende a la actuación de empresas privadas de seguridad, nunca de servicios considerados «militares» y solo en las ocasiones en que operan en territorio nacional como complemento a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.
Además de la regulación internacional y nacional, existen otros medios que supervisan aunque de manera informal a las EMSP. Entre estos se pueden citar a ciertos sectores de la sociedad civil, tales como organizaciones no gubernamentales o think-tanks, que llevan a cabo tareas de vigilancia y análisis de las actividades de la industria privada dedicada a este negocio.
En este aspecto, quizás la divulgación del Documento de Montreux, adoptado hasta la fecha por 41 Estados, entre los que se encuentra España, y aceptado por algunas de las asociaciones empresariales de EMSP constituye un interesante paso en la dirección oportuna.
Este documento que no tiene carácter vinculante contiene 73 «buenas prácticas» que los Estados deben formalizar para mejorar la supervisión sobre el sector. Sin embargo, las graves debilidades que presenta el Documento de Montreux obligan a los Estados y organizaciones internacionales a acometer medidas adicionales.
Por otro lado, los mecanismos del mercado y los códigos de conducta que las propias firmas adoptan como medio de mantener una imagen de respetabilidad y legitimidad, constituyen otro medio de regulación informal. Pero, la autorregulación presenta importantes deficiencias, por lo que no debe ser considerada en ningún caso una solución completa.
Expuestas las carencias que la regulación existente presenta existen algunas propuestas para conseguir un control más efectivo de la industria «militar» privada. En la esfera internacional y bajo el liderazgo de las Naciones Unidas se ha iniciado la elaboración de una nueva convención dedicada a las EMSP. También, algunos países, en particular los Estados Unidos, están tratando de fortalecer sus mecanismos de control nacional.
Finalmente, algunos sectores de la propia industria privada, con el apoyo del gobierno suizo y de algunas organizaciones civiles, se encuentran desarrollando un código de conducta internacional que supere las deficiencias del Documento de Montreux. De cualquier manera, todas las iniciativas parecen oportunas para conseguir una regulación efectiva sobre las EMSP. Los expertos coinciden en que es preciso que las distintas reglamentaciones a nivel internacional, nacional así como los códigos autorregulatorios, acordados por las propias EMSP, tengan un carácter complementario.
Partiendo de las premisas expuestas, la presente investigación tiene como objetivo principal analizar el fenómeno de las empresas militares y de seguridad privada (EMPS) que actúan transnacionalmente en conflictos armados o en áreas donde la autoridad del Estado es limitada.
En el entorno estratégico actual, se tratará de clarificar el papel que las EMSP desarrollan en la actualidad. En particular, se pretende determinar si las actividades que realizan estas compañías suponen una quiebra al monopolio estatal del uso de la fuerza o significan únicamente una transformación de acuerdo a la lógica de la globalización.
Con todo, se aspira a incrementar el grado de conocimiento que sobre estos actores armados no estatales existe y contribuir a una reflexión sobre el papel que están desarrollando hoy en día y que pueden llevar a cabo en el futuro próximo en zonas de conflicto, posconflicto o afectadas por calamidades naturales.
No obstante, es posible adelantar que en un contexto mundial globalizado de creciente complejidad y en el que los factores económicos dominan sin paliativos todos los órdenes de la actividad humana, las dinámicas que afectan a las EMSP no difieren substancialmente de las que otros actores no estatales presentan.
El presente libro se compone de un total de seis capítulos agrupados en tres partes diferenciadas. Tras la presente introducción, se da paso a la primera parte (capítulos I y II).
Esta primera parte se encuentra consagrada a exponer las premisas básicas sobre las que fundamenta el fenómeno de las EMSP. En particular se dedica especial atención al entorno estratégico, sin el cual el objeto de estudio no puede ser entendido. Además, se exponen las formas y modelos históricos de violencia privada, así como los distintos tipos de actores no estales que ejercen en la actualidad la violencia para la defensa de sus intereses. La segunda parte de la obra ofrece una delimitación de las EMSP.
El capítulo III señala los tipos de empresas involucradas en esta actividad comercial y los rasgos distintivos que la industria de los servicios militares posee. Por su parte, el capítulo IV analiza las distintas ventajas que presentan para los clientes la utilización de EMSP y también los recelos y controversias que plantean sus actividades.
Como ha sido señalado, el aumento exponencial del número de estas empresas, así como del volumen de su negocio, no se ha visto secundado por el desarrollo paralelo de los mecanismos de control necesarios por medio de un cuerpo legislativo sólido.
Por esta razón, la legislación aplicable a las EMSP, o quizás la falta o debilidad de la misma, constituye una cuestión de indudable interés para los investigadores interesados en estas firmas. Este escrito no podía ser una excepción, por lo que su tercera arte está dedicada a la posible regulación aplicable a las EMSP tanto desde el ámbito internacional (capítulo V) como del estatal y de la propia industria, por medio de la autorregulación (capítulo VI).
Dada la amplitud y variedad de los temas tratados se ha considerado de interés la realización de conclusiones por capítulos, aunque el último apartado expone unas consideraciones finales que plantean las principales reflexiones que este escrito trata de aportar.
Lea aquí el documento completo
La privatización de la seguridad. Las empresas militares y de seguridad privadas en el entorno estratégico actual
Teniente coronel del Ejército de Tierra
Analista principal del IEEE
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«La guerra se acerca mucho más a la política, que por su parte puede ser considerada una especie de comercio a gran escala»
Clausewitz
Artículo cedido por: Instituto Español de Estudios Estratégicos
Introducción
En una tendencia de crecimiento imparable, las empresas transnacionales exportadoras de servicios relacionados con la seguridad, que llevan acabo funciones hasta ahora catalogadas como inherentemente estatales, se han convertido en actores muy relevantes a la hora de entender el entorno de seguridad del mundo actual.
A lo largo de los siglos, el uso privado de la violencia ha sido la regla y no la excepción. Solo a partir de la Paz de Westfalia y con ella el nacimiento del Estado nación, los actores armados privados comenzaron a ser cuestionados por no ajustarse al principio de soberanía nacional surgido entonces.
Es a partir de ese momento histórico cuando el Estado se erige en la pieza maestra del orden internacional asumiendo, con exclusividad, la capacidad de control y utilización de la fuerza militar. Los nuevos nacionalismos, impulsados por la revolución industrial, adoptan el modelo del ejército de ciudadanos, basado en la leva en masa. Con ello, el anterior modelo de ejército profesional, que contaba con una gran presencia de mercenarios, es rechazado de forma generalizada y cae en desuso.
Entre finales del siglo XIX y la primera mitad del siglo XX se observa un progresivo fortalecimiento de los Estados y de los asuntos públicos.
La I y II Guerras Mundiales son ejemplos de enfrentamiento entre ejércitosindustrializados de recluta obligatoria. Además, las instituciones y organizaciones internacionales nacidas con posterioridad a la II Guerra Mundial, se crean para tratar los asuntos entre Estados, ya que se asume que solo ellos deben ser considerados entes legales dentro del sistema internacional. Así, el Estado constituye la piedra angular en la que descansa la seguridad. En otros términos, en el orden westfaliano los conceptos de seguridad y Estado están firmemente imbricados.
Con el final de la guerra fría y bajo el creciente impulso de la globalización el orden político internacional deja de ser un sistema cerrado, dominado por los Estados, y se convierte en un sistema en el que el poder está repartido entre una multiplicidad de actores. Este contexto viene a indicar una evolución o crisis del modelo de Estado nación que se refleja en una creciente transferencia de autoridad por parte de los Estados, en un sentido hacia organismos locales y regionales, y en el contrario hacia instituciones internacionales y globales. Pero simultáneamente, la creciente intervención de actores privados en esferas antes acotadas exclusivamente a la iniciativa pública viene a manifestar la trasformación incuestionable del papel del Estado.
En el ámbito de la seguridad la pérdida de importancia relativa de los Estados se manifiesta de forma taxativa en un crecimiento en el número e importancia de diversos grupos armados no estatales. Mercenarios, ejércitos privados, milicias, señores de la guerra y organizaciones criminales internacionales, entre otros, suponen un reto al orden internacional como ha sido entendido en los dos últimos siglos, poniendo en entredicho la norma de que solo el Estado tiene el monopolio del uso legítimo de la violencia. Las tendencias globales del siglo XXI, de carácter político, económico, social o técnico, favorecen la aparición y crecimiento de estos grupos armados privados. Estas condiciones, además, expanden los efectos de sus acciones sobre la seguridad internacional.
El negocio privado de la fuerza armada, que observa a la seguridad bajo un prisma comercial, en un mundo dominado por la globalización y la apertura de los mercados, encuentra en este contexto el medio óptimo para crecer. Las empresas militares y de seguridad privada, eje central de esta obra, no desaprovechan la ocasión y se convierten en proveedores de servicios hasta ahora ligados a las funciones centrales de los Estados.
Un asunto relevante es precisamente la utilización del término «militar» para referirse a algunas de las funciones que llevan a cabo estas firmas privadas. Las implicaciones del uso de dicho vocablo están relacionadas con la controversia sobre la limitación de cuáles son las funciones que constituyen la médula de las competencias de los Estados. Por este motivo, el propio sector privado prefiere referirse a sí mismo como de «seguridad». Para tratar de sobreponerse a este debate terminológico, este texto acude al ya reiterado de Empresas Militares y de Seguridad Privadas (EMSP).
Por otro lado, a la hora de afrontar el estudio de las empresas privadas que ofrecen servicios de seguridad, se emplean numerosos términos confundiéndose en múltiples ocasiones unos con otros, ocasionando ambigüedades conceptuales. Según el Diccionario de la RAE contratista es la «persona que por contrata ejecuta una obra material o está encargada de un servicio para el Gobierno, para una corporación o para un particular».
Desde el punto de vista de la legislación española, el contratista es la empresa que proporciona el servicio citado, diferenciándose de sus empleados.
No obstante, en los estudios sociales el término «contratista»se emplea de una manera genérica englobando tanto al empleador comoal empleado, de similar forma a lo señalado por la RAE. Este significadogeneral es el utilizado en este estudio.
Una acusación recurrente que persigue a las EMSP es aquella que las señala como una moderna forma de entender el viejo oficio de «soldado de fortuna». Las definiciones formales de mercenario provienen de tres fuentes oficiales: El Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra de 1977, la Convención de la Organización para la Unidad Africana (hoy Unión Africana) para la eliminación de los mercenarios en África de 1972 y la Convención Internacional contra el reclutamiento, uso, financiación y entrenamiento de mercenarios de 1989. Sin embargo, estas definiciones presentan algunas deficiencias fundamentales, y como ha quedado comprobado en la práctica, no logran definir a los mercenarios de una manera efectiva. Por ello, ciertos autores han proporcionado definiciones alternativas. Estas coinciden de forma general en que un mercenario proporciona un servicio relacionado con el combate directo de carácter temporal, no se integra en estructuras orgánicas permanentes, mantiene un cierto grado de clandestinidad, y actúa motivado primordialmente por razones económicas personales y con un horizonte a corto plazo.
A la vista de las definiciones y características que pueden ser aportadas, existen argumentos a favor de señalar que los contratistas son en realidad mercenarios, en su sentido tradicional, y no guardias de seguridad o asesores, que han adaptado sus actividades a los nuevos tiempos dominados por la fuerza del mercado y la globalización. No obstante, esta visión no es compartida por otros expertos, académicos e incluso por militares en activo, que resaltan las diferencias existentes entre mercenarios y EMSP. En numerosos casos, los gobiernos nacionales se reservan el derecho de regular estrictamente el número, la naturaleza y el armamento de esas fuerzas privadas y sostienen que siempre que no sean empleados en acciones de combate directo estas actividades no se encuentran relacionadas con los mercenarios. Esta utilización por parte de gobiernos otorga legitimidad a las EMSP, algo de lo que los mercenarios carecen.
Aunque la participación de contratistas civiles en apoyo a las operaciones militares se remonta a varios decenios atrás, los ejércitos occidentales en general y el de los EE.UU. en particular, incrementaron el uso de empresas proveedoras de servicios militares y de seguridad durante los años 90 debido a las presiones del mercado en busca de la eficienciaeconómica, la intensificación de la expansión tecnológica, la reducción de efectivos, el cambio social producido en un mundo globalizado y el estallido de numerosos conflictos normalmente de carácter étnico y regional.
Estas circunstancias promueven una fuerte demanda de seguridad que es satisfecha por el mercado libre, ya que ahora es considerada como un sector económico más.
Los medios públicos convencionales existentes hasta el momento, no pueden cubrir esta carencia de seguridad, siendo por lo tanto las EMSP las que, en la más pura aplicación de la ley oferta-demanda, solventan la necesidad.
Este mercado de los servicios militares y de seguridad privados, está dominado fundamentalmente por firmas de origen estadounidense o británico.En el caso de los EE.UU. el crecimiento de las EMSP ha seguido fidedignamente las necesidades del Gobierno norteamericano, siendo este su principal cliente. Por parte del Reino Unido, la expansión se ha visto indudablemente beneficiada por la existencia de contactos en las antiguas colonias, teniendo su negocio un carácter más global, no sujeto a las exigencias del Gobierno británico.Los servicios que las EMSP proporcionan están integrados en los procedimientos operativos de gobiernos, organizaciones internacionales, ONG y empresas multinacionales.
Cuando actúan en zonas donde la seguridad física no está garantizada o se requiere apoyo diverso, todos estos tiposde clientes recurren a los contratistas privados.
Dada la falta de transparencia del sector es difícil determinar, de forma exacta, tanto el volumen del negocio como el número de compañías militares y de seguridad privadas existentes en el mundo. Según algunas fuentes, en la actualidad, el mercado global de servicios militares podría
estar comprendido entre los 20 y los 100 millardos de USD.
En cualquier caso, concurren algunos datos que nos indican que el sector vive años de gran crecimiento. A finales de 2010 había operando en Irak 100 empresas (72 iraquíes y 28 extranjeras) que proporcionaban o bien servicios de escolta a personas o seguridad a infraestructuras y convoyes. Estas empresas empleaban en esas fechas a más de 30.000 personas armadas.
Pero estas cifras son superadas en Afganistán, país en el que se estima que 70.000 individuos realizan labores de seguridad con armas para alguna de las organizaciones internacionales, ONG o el propio gobierno afgano. No obstante, estos casos no constituyen hechos aislados del auge del sector, ya que la mayoría de los países occidentales y organizaciones internacionales están recurriendo en diversa medida a las empresas privadas para apoyar el despliegue de su personal en zonas conflictivas.
Desde mediados de los años 70 del siglo pasado, las EMSP han acomodado sus prácticas y organización interna a las demandas del mercado. En sus orígenes las EMSP entonces existentes, o bien se encontraban próximas al mercenariado o prestaban únicamente apoyo logístico a las fuerzas armadas regulares. Con el fin de la guerra fría y el cambio del entorno estratégico, se produce una transformación definitiva del sector en el que las EMSP se dotan de estructura corporativa y personalidad jurídica tal y como hoy las entendemos.
No obstante, a finales del siglo XX algunas empresas proporcionaban servicios ligados al combate directo loque provocó el rechazo de Estados y organizaciones internacionales. La casi totalidad de las empresas de hoy en día ha abandonado estas prácticas y tratan por todos los medios de lograr el reconocimiento internacional, a través de apoyar una regulación más robusta de sus actividades.
La prosperidad que vive el mercado de la fuerza armada solo es comprensible si se observan las múltiples ventajas que para sus clientes tiene el empleo de EMSP. Para los gobiernos de países occidentales, estas ventajas son variadas: posibilidad de desplegar con carácter inmediato a personal con alta especialización, ahorro económico y evadir limitaciones y responsabilidades constituyen algunas de ellas. También existen ventajas para otras organizaciones e instituciones, sobre todo cuando deben actuar en situaciones en las que la seguridad no se encuentra garantizada, esencialmente debido a la debilidad del gobierno local.
Del mismo modo, las actividades de las EMSP plantean recelos y controversias.Sus actuaciones, en algunos casos de gran repercusión internacional, han manchado su reputación y planteado dudas acerca de su conducta. Estos recelos se encuentran básicamente enraizados en la falta de control de las acciones de las EMSP y de sus empleados, la carencia de responsabilidad legal por los posibles delitos que estos lleven a cabo y la quiebra de ciertos principios éticos y morales ligados a los fundamentos del Estado de derecho. En este último aspecto, la creciente proliferación y reconocimiento de estas compañías cuestiona la forma en que entendemos la democracia en Occidente, ya que están alterando la norma esencial de que el monopolio del uso de la fuerza, legítimamente ejercido y controlado, debe residir exclusivamente en el Estado.
Las Fuerzas Armadas, como organización armada que garantiza la aplicación de la violencia legítima de acuerdo a los principios que emanan del Estado democrático, son sin duda la institución que se ve más afectada por la actividad de estas firmas que entienden a la seguridad como una forma más de negocio. Oficialmente, los Ejércitos nacionales solo recurren a EMSP para aquellos cometidos que no constituyen tareas militares en esencia, ya que estas, al menos en teoría, son juzgadas como funciones inherentemente gubernamentales. Sin embargo, en la práctica, se ha difuminado la línea divisoria entre las actividades esencialmente estatales, que no deben ser externalizadas en ningún caso, y las labores comerciales que pueden estar sujetas a la gestión del sector privado.
En gran medida los dilemas que las EMSP presentan podrían ser subsanados a través de una legislación adecuada que diese respuesta alos retos planteados. La regulación aplicable al fenómeno de las EMSP puede ser llevada a cabo en tres ámbitos: internacional, nacional e interno al propio sector privado, la denominada autorregulación.
No bstante, el aumento exponencial del número de estas empresas no se ha visto secundado por un desarrollo paralelo de los mecanismos de control necesarios, así como de una eficaz regulación de sus actividades a través de un cuerpo legislativo sólido en cualquiera de los ámbitos citados.
Ya que las actividades de las EMSP tienen un carácter internacional, es esta esfera de actuación la que, a priori, dispone de mejores oportunidades para una más efectiva reglamentación. Pero, la legislación internacional no dispone de leyes específicas relativas a las EMSP y sus empleados.
Así, los más críticos con estas empresas tratan de aplicar el derecho internacional consuetudinario que iguala a aquellas con el mercenariado con objeto de prohibir sus actividades. Este enfoque crítico tiene su base en las leyes de neutralidad y de prohibición del uso de la fuerza en las relaciones entre Estados y las ya enunciadas convenciones antimercenario.
El problema que se suscita es determinar si los contratistas pueden ser o no considerados como mercenarios, asunto sobre el que no existe un consenso generalizado.
Similares dificultades presenta la aplicabilidad del Derecho Internacional Humanitario (DIH) a las EMSP y sus empleados. El DIH que define los derechos y deberes de toda persona presente en una zona de conflicto, plantea dudas sobre si se disponen de instrumentos específicos que puedan ser de aplicación a este caso. Descartando que los contratistas caigan dentro de la categoría de combatientes ilegales, la dificultad reside en la imposibilidad de determinar con claridad su estatuto según el DIH: civil o combatiente. Es importante resaltar, que según la interpretación del Comité Internacional de la Cruz Roja, los contratistas son civiles y por lo tanto se encuentran protegidos contra ataques directos, a menos que participen de forma directa en las hostilidades. Pero aunque interesante, esta es una mera opinión sin valor normativo.
La legislación elaborada por los propios Estados constituye una segunda forma de control. Países como los Estados Unidos o Sudáfrica disponen de leyes al respecto, no ocurriendo, sin embargo, lo mismo en Europa.No obstante, en un mundo globalizado como el de hoy, si un Estado impone leyes desfavorables a los intereses comerciales de las EMSP, nada impide a las mismas cambiar de domicilio social a otro más conveniente a sus intereses. España no dispone de regulación para la exportación de servicios de seguridad privados y la legislación existente solo atiende a la actuación de empresas privadas de seguridad, nunca de servicios considerados «militares» y solo en las ocasiones en que operan en territorio nacional como complemento a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.
Además de la regulación internacional y nacional, existen otros medios que supervisan aunque de manera informal a las EMSP. Entre estos se pueden citar a ciertos sectores de la sociedad civil, tales como organizaciones no gubernamentales o think-tanks, que llevan a cabo tareas de vigilancia y análisis de las actividades de la industria privada dedicada a este negocio.
En este aspecto, quizás la divulgación del Documento de Montreux, adoptado hasta la fecha por 41 Estados, entre los que se encuentra España, y aceptado por algunas de las asociaciones empresariales de EMSP constituye un interesante paso en la dirección oportuna.
Este documento que no tiene carácter vinculante contiene 73 «buenas prácticas» que los Estados deben formalizar para mejorar la supervisión sobre el sector. Sin embargo, las graves debilidades que presenta el Documento de Montreux obligan a los Estados y organizaciones internacionales a acometer medidas adicionales.
Por otro lado, los mecanismos del mercado y los códigos de conducta que las propias firmas adoptan como medio de mantener una imagen de respetabilidad y legitimidad, constituyen otro medio de regulación informal. Pero, la autorregulación presenta importantes deficiencias, por lo que no debe ser considerada en ningún caso una solución completa.
Expuestas las carencias que la regulación existente presenta existen algunas propuestas para conseguir un control más efectivo de la industria «militar» privada. En la esfera internacional y bajo el liderazgo de las Naciones Unidas se ha iniciado la elaboración de una nueva convención dedicada a las EMSP. También, algunos países, en particular los Estados Unidos, están tratando de fortalecer sus mecanismos de control nacional.
Finalmente, algunos sectores de la propia industria privada, con el apoyo del gobierno suizo y de algunas organizaciones civiles, se encuentran desarrollando un código de conducta internacional que supere las deficiencias del Documento de Montreux. De cualquier manera, todas las iniciativas parecen oportunas para conseguir una regulación efectiva sobre las EMSP. Los expertos coinciden en que es preciso que las distintas reglamentaciones a nivel internacional, nacional así como los códigos autorregulatorios, acordados por las propias EMSP, tengan un carácter complementario.
Partiendo de las premisas expuestas, la presente investigación tiene como objetivo principal analizar el fenómeno de las empresas militares y de seguridad privada (EMPS) que actúan transnacionalmente en conflictos armados o en áreas donde la autoridad del Estado es limitada.
En el entorno estratégico actual, se tratará de clarificar el papel que las EMSP desarrollan en la actualidad. En particular, se pretende determinar si las actividades que realizan estas compañías suponen una quiebra al monopolio estatal del uso de la fuerza o significan únicamente una transformación de acuerdo a la lógica de la globalización.
Con todo, se aspira a incrementar el grado de conocimiento que sobre estos actores armados no estatales existe y contribuir a una reflexión sobre el papel que están desarrollando hoy en día y que pueden llevar a cabo en el futuro próximo en zonas de conflicto, posconflicto o afectadas por calamidades naturales.
No obstante, es posible adelantar que en un contexto mundial globalizado de creciente complejidad y en el que los factores económicos dominan sin paliativos todos los órdenes de la actividad humana, las dinámicas que afectan a las EMSP no difieren substancialmente de las que otros actores no estatales presentan.
El presente libro se compone de un total de seis capítulos agrupados en tres partes diferenciadas. Tras la presente introducción, se da paso a la primera parte (capítulos I y II).
Esta primera parte se encuentra consagrada a exponer las premisas básicas sobre las que fundamenta el fenómeno de las EMSP. En particular se dedica especial atención al entorno estratégico, sin el cual el objeto de estudio no puede ser entendido. Además, se exponen las formas y modelos históricos de violencia privada, así como los distintos tipos de actores no estales que ejercen en la actualidad la violencia para la defensa de sus intereses. La segunda parte de la obra ofrece una delimitación de las EMSP.
El capítulo III señala los tipos de empresas involucradas en esta actividad comercial y los rasgos distintivos que la industria de los servicios militares posee. Por su parte, el capítulo IV analiza las distintas ventajas que presentan para los clientes la utilización de EMSP y también los recelos y controversias que plantean sus actividades.
Como ha sido señalado, el aumento exponencial del número de estas empresas, así como del volumen de su negocio, no se ha visto secundado por el desarrollo paralelo de los mecanismos de control necesarios por medio de un cuerpo legislativo sólido.
Por esta razón, la legislación aplicable a las EMSP, o quizás la falta o debilidad de la misma, constituye una cuestión de indudable interés para los investigadores interesados en estas firmas. Este escrito no podía ser una excepción, por lo que su tercera arte está dedicada a la posible regulación aplicable a las EMSP tanto desde el ámbito internacional (capítulo V) como del estatal y de la propia industria, por medio de la autorregulación (capítulo VI).
Dada la amplitud y variedad de los temas tratados se ha considerado de interés la realización de conclusiones por capítulos, aunque el último apartado expone unas consideraciones finales que plantean las principales reflexiones que este escrito trata de aportar.
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La privatización de la seguridad. Las empresas militares y de seguridad privadas en el entorno estratégico actual