EN LA CARRETERA DE MOLLÓ A CAMPRODON
Los Mossos multan con 500 euros a un jinete bebido
En la notificación, los agentes escribieron "caballo" en el recuadro de la matrícula y "Lluna" en el de la marca
El sancionado ha presentado recurso porque considera que el animal no puede considerarse un vehículo
Viernes, 4 de noviembre del 2011 - 18:29h.
EL PERIÓDICO / Barcelona
Un vecino de Camprodon ha sido multado con 500 euros por montar a caballo cuando superaba el límite de alcoholemia que la ley prevé para los conductores de vehículos. En la sanción, que le impusieron los Mossos d'Esquadra, en el apartado correspondiente a la matrícula del vehículo los agentes escribieron "caballo", en el recuadro de la marca, apuntaron "Lluna", el nombre del animal, y en el modelo, "negro", aunque el caballo era marrón.
Cristian Sánchez y su yegua 'Lluna'. CLICK ART / JOAN CASTRO
Los hechos, de los que este viernes se hace eco El Punt Avui, ocurrieron el pasado 13 de octubre, cuando el jinete venía de tomar unas cervezas en la popular feria de Espinavell por la carretera de Molló a Camprodon. A la altura de Can Moi se topó con un control de los Mossos d'Esquadra, que le pararon y le recriminaron que debía circular más a la derecha de la acera. Los agentes le dejaron pasar pero, a la altura de la caserna de la Guardia Civil en Camprodon, el hombre se los volvió a encontrar. Entonces le dijeron que debía someterse a una prueba de alcoholemia. En la primera prueba, el jinete marcó 0,47mg/l y en la segunda, 0,37mg/l --el límite está en 0,25 miligramos por litro--, por lo que le impusieron una sanción de 500 euros.
En la denuncia, uno de los agentes especificó que "el señor que iba a caballo circulaba por la C-38, por lo tanto es conductor". Los Mossos también intentaron inmovilizar al vehículo-caballo, pero al final permitieron al jinete llevarse a su yegua, eso sí, a pie.
Sanción recurrida
El denunciado no entiende por qué debe pagar la multa y ha puesto el asunto en manos de abogados para que recurran la sanción de los Mossos. La clave para resolver la legitimidad de esta denuncia radica en si el caballo tiene o no categoría de vehículo. Diversos juristas citados por El Punt Avui apuntan que el reglamento de tráfico regula las infracciones cometidas por los conductores de todo tipo de vehículos, pero consideran que el caballo o cualquier otro animal no está incluido en la categoría de vehículos dado qeu la ley define los vehículos como aquellos aparatos de funcionamiento mecánico. Y si el caballo no es un vehículo, argumentan, su conductor no podría ser multado en virtud del reglamento de tráfico.
http://noticiasvigilantes.foroactivo.com/t14219-los-mossos-multan-con-500-euros-a-un-jinete-bebido
Los Mossos multan con 500 euros a un jinete bebido
En la notificación, los agentes escribieron "caballo" en el recuadro de la matrícula y "Lluna" en el de la marca
El sancionado ha presentado recurso porque considera que el animal no puede considerarse un vehículo
Viernes, 4 de noviembre del 2011 - 18:29h.
EL PERIÓDICO / Barcelona
Un vecino de Camprodon ha sido multado con 500 euros por montar a caballo cuando superaba el límite de alcoholemia que la ley prevé para los conductores de vehículos. En la sanción, que le impusieron los Mossos d'Esquadra, en el apartado correspondiente a la matrícula del vehículo los agentes escribieron "caballo", en el recuadro de la marca, apuntaron "Lluna", el nombre del animal, y en el modelo, "negro", aunque el caballo era marrón.
Cristian Sánchez y su yegua 'Lluna'. CLICK ART / JOAN CASTRO
Los hechos, de los que este viernes se hace eco El Punt Avui, ocurrieron el pasado 13 de octubre, cuando el jinete venía de tomar unas cervezas en la popular feria de Espinavell por la carretera de Molló a Camprodon. A la altura de Can Moi se topó con un control de los Mossos d'Esquadra, que le pararon y le recriminaron que debía circular más a la derecha de la acera. Los agentes le dejaron pasar pero, a la altura de la caserna de la Guardia Civil en Camprodon, el hombre se los volvió a encontrar. Entonces le dijeron que debía someterse a una prueba de alcoholemia. En la primera prueba, el jinete marcó 0,47mg/l y en la segunda, 0,37mg/l --el límite está en 0,25 miligramos por litro--, por lo que le impusieron una sanción de 500 euros.
En la denuncia, uno de los agentes especificó que "el señor que iba a caballo circulaba por la C-38, por lo tanto es conductor". Los Mossos también intentaron inmovilizar al vehículo-caballo, pero al final permitieron al jinete llevarse a su yegua, eso sí, a pie.
Sanción recurrida
El denunciado no entiende por qué debe pagar la multa y ha puesto el asunto en manos de abogados para que recurran la sanción de los Mossos. La clave para resolver la legitimidad de esta denuncia radica en si el caballo tiene o no categoría de vehículo. Diversos juristas citados por El Punt Avui apuntan que el reglamento de tráfico regula las infracciones cometidas por los conductores de todo tipo de vehículos, pero consideran que el caballo o cualquier otro animal no está incluido en la categoría de vehículos dado qeu la ley define los vehículos como aquellos aparatos de funcionamiento mecánico. Y si el caballo no es un vehículo, argumentan, su conductor no podría ser multado en virtud del reglamento de tráfico.
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