¿Es sexista toda agresión a una mujer?
La Audiencia de Murcia rebaja penas en varias condenas por violencia de género y abre un debate judicial
Una serie de sentencias de la Audiencia de Murcia, en las que se rebajan condenas de violencia de género impuestas por juzgados de lo Penal de esa capital, han desatado un intenso debate judicial al argumentar que no toda agresión sufrida por una esposa, pareja o ex pareja tiene que ser forzosamente sexista. La controversia se debe a que la jurisprudencia mantiene dos líneas divergentes en esa cuestión: una mantiene que los delitos sexistas deben tener un componente de dominación machista, mientras que la otra considera que tal elemento no es necesario, lo que se traduce en que un mismo hecho puede ser condenado de forma diferente, según se aplique o no la Ley de Violencia de Género.
La polémica judicial, y las críticas de los grupos feministas, las ha suscitado el magistrado Juan del Olmo, que fue instructor del sumario del 11-M en la Audiencia Nacional y ahora ejerce en la de Murcia. Dentro de ese tribunal, y como ponente de la sección tercera, ha revocado este año varias sentencias por agresiones sexistas con el mismo 'leit motiv': un hecho sólo debe tipificarse como machista cuando «sea manifestación de la discriminación, de la situación de desigualdad y de las relaciones de poder del hombre sobre la mujer».
Una de las últimas sentencias revocadas por Del Olmo fue dictada por el Juzgado de lo Penal número 4 de Murcia. Ese órgano judicial había impuesto seis meses de prisión y una pena de alejamiento a un individuo que, a finales del pasado año, empujó a su pareja contra una pared y le causó una lesión leve en la mejilla. El procesado recurrió a la Audiencia, negando que existieran pruebas de la agresión, extremo que la sección tercera acabó desestimando. No obstante, tampoco estaba de acuerdo en que lo ocurrido fuera un delito de violencia de género, sino una falta de lesiones leves castigada con seis días de localización y sin alejamiento.
Los magistrados del tribunal adujeron que el origen de la agresión no había trascendido, de modo que era imposible pensar automáticamente en una actitud de «dominio» machista. Del Olmo ponía como ejemplo de violencia de género una resolución del Supremo sobre un individuo que agredió a su esposa porque no quería tener relaciones sexuales con él y, además, vestía unos pantalones que le disgustaban.
Otra de las condenas por violencia sexista que ha sido revisada por la sección tercera de la Audiencia murciana se refiere a un hombre condenado a cuatro meses -también por el Juzgado de lo Penal número 4- por haber propinado un cabezazo en la nariz a su ex pareja, con la que tenía un hijo. La víctima, que sufrió una contusión, le acusó de haberle pedido dinero para cocaína. El hombre, que estaba bebido cuando ocurrió la disputa, replicó que fue él quien llevó dinero para la manutención del niño, pero la mujer le amenazó con denunciarle para cobrar un subsidio de madre soltera.
El ponente Juan del Olmo consideró probadas las lesiones e identificado a su autor, pero describió el caso como «una agresión mutua cuyos motivos se desconocen».
Unificar la doctrina
Desde su punto de vista, no se aprecia nada parecido a «un móvil discriminatorio o de dominación machista», sino más bien una discusión «de naturaleza meramente económica». Por ese motivo, rebajó la condena a un mes de multa por una falta.
Los argumentos del magistrado Del Olmo han sido criticados con dureza por las organizaciones progresistas y feministas. Izquierda Unida las tildó de «irracionales», mientras que la Federación de Mujeres Progresistas recordó que exigir el 'ánimo de dominar' para condenar un hecho violento como sexista causará «un daño gravísimo» a las víctimas que no se atreven a denunciar malos tratos. El Instituto de la Mujer de Murcia instó «a no ser frívolos» a la hora de valorar qué situaciones son violencia de género.
No obstante, Jueces para la Democracia y la Asociación Profesional de la Magistratura calificaron las sentencias del magistrado del Olmo como «válidas» y «plausibles», aunque pidieron al Supremo que unifique la doctrina. Francisco Serrano, titular del juzgado de Familia número 7 de Sevilla, que ha criticado la Ley de Violencia de Género y ha arremetido en muchas ocasiones contra las denuncias falsas, aseguró que la motivación machista sólo está detrás del «uno por ciento o menos» de las agresiones a mujeres.
www.elcorreo.com
La Audiencia de Murcia rebaja penas en varias condenas por violencia de género y abre un debate judicial
Una serie de sentencias de la Audiencia de Murcia, en las que se rebajan condenas de violencia de género impuestas por juzgados de lo Penal de esa capital, han desatado un intenso debate judicial al argumentar que no toda agresión sufrida por una esposa, pareja o ex pareja tiene que ser forzosamente sexista. La controversia se debe a que la jurisprudencia mantiene dos líneas divergentes en esa cuestión: una mantiene que los delitos sexistas deben tener un componente de dominación machista, mientras que la otra considera que tal elemento no es necesario, lo que se traduce en que un mismo hecho puede ser condenado de forma diferente, según se aplique o no la Ley de Violencia de Género.
La polémica judicial, y las críticas de los grupos feministas, las ha suscitado el magistrado Juan del Olmo, que fue instructor del sumario del 11-M en la Audiencia Nacional y ahora ejerce en la de Murcia. Dentro de ese tribunal, y como ponente de la sección tercera, ha revocado este año varias sentencias por agresiones sexistas con el mismo 'leit motiv': un hecho sólo debe tipificarse como machista cuando «sea manifestación de la discriminación, de la situación de desigualdad y de las relaciones de poder del hombre sobre la mujer».
Una de las últimas sentencias revocadas por Del Olmo fue dictada por el Juzgado de lo Penal número 4 de Murcia. Ese órgano judicial había impuesto seis meses de prisión y una pena de alejamiento a un individuo que, a finales del pasado año, empujó a su pareja contra una pared y le causó una lesión leve en la mejilla. El procesado recurrió a la Audiencia, negando que existieran pruebas de la agresión, extremo que la sección tercera acabó desestimando. No obstante, tampoco estaba de acuerdo en que lo ocurrido fuera un delito de violencia de género, sino una falta de lesiones leves castigada con seis días de localización y sin alejamiento.
Los magistrados del tribunal adujeron que el origen de la agresión no había trascendido, de modo que era imposible pensar automáticamente en una actitud de «dominio» machista. Del Olmo ponía como ejemplo de violencia de género una resolución del Supremo sobre un individuo que agredió a su esposa porque no quería tener relaciones sexuales con él y, además, vestía unos pantalones que le disgustaban.
Otra de las condenas por violencia sexista que ha sido revisada por la sección tercera de la Audiencia murciana se refiere a un hombre condenado a cuatro meses -también por el Juzgado de lo Penal número 4- por haber propinado un cabezazo en la nariz a su ex pareja, con la que tenía un hijo. La víctima, que sufrió una contusión, le acusó de haberle pedido dinero para cocaína. El hombre, que estaba bebido cuando ocurrió la disputa, replicó que fue él quien llevó dinero para la manutención del niño, pero la mujer le amenazó con denunciarle para cobrar un subsidio de madre soltera.
El ponente Juan del Olmo consideró probadas las lesiones e identificado a su autor, pero describió el caso como «una agresión mutua cuyos motivos se desconocen».
Unificar la doctrina
Desde su punto de vista, no se aprecia nada parecido a «un móvil discriminatorio o de dominación machista», sino más bien una discusión «de naturaleza meramente económica». Por ese motivo, rebajó la condena a un mes de multa por una falta.
Los argumentos del magistrado Del Olmo han sido criticados con dureza por las organizaciones progresistas y feministas. Izquierda Unida las tildó de «irracionales», mientras que la Federación de Mujeres Progresistas recordó que exigir el 'ánimo de dominar' para condenar un hecho violento como sexista causará «un daño gravísimo» a las víctimas que no se atreven a denunciar malos tratos. El Instituto de la Mujer de Murcia instó «a no ser frívolos» a la hora de valorar qué situaciones son violencia de género.
No obstante, Jueces para la Democracia y la Asociación Profesional de la Magistratura calificaron las sentencias del magistrado del Olmo como «válidas» y «plausibles», aunque pidieron al Supremo que unifique la doctrina. Francisco Serrano, titular del juzgado de Familia número 7 de Sevilla, que ha criticado la Ley de Violencia de Género y ha arremetido en muchas ocasiones contra las denuncias falsas, aseguró que la motivación machista sólo está detrás del «uno por ciento o menos» de las agresiones a mujeres.
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