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Caamaño presentará este viernes al Consejo de Ministros la nueva LECrim Banner19

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Caamaño presentará este viernes al Consejo de Ministros la nueva LECrim

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arcangelcarlo

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COLABORADOR
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Fecha: 22/07/2011 [10:22] h.
Origen: Redacción NJ

El ministro de Justicia, Francisco Caamaño, llevará este viernes al Consejo de Ministros la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que otorga al Fiscal la investigación de los delitos y las faltas, con el convencimiento de que la legislatura culminará el próximo marzo y que el nuevo modelo de proceso penal podrá ver la luz antes de esa fecha.

Entre sus aspectos más novedosos, el fiscal, y no como hasta ahora el juez de instrucción, dirigirá las investigaciones. Además, se incorpora la figura del juez de garantías, encargado de velar por los derechos fundamentales del "investigado", término que sustituye al actual "imputado", y la del juez de audiencia preliminar, que examinará la validez del material probatorio y decidirá si se debe formular acusación contra esa persona.

La nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal también pretende acabar con la denominada 'pena de telediario'. De esta forma, prohíbe facilitar durante la fase de investigación la identidad y las imágenes del detenido, mientras que establece que será el fiscal quien autorice dar el resto de información a los medios de comunicación.

Justicia ha puesto especial empeño en dar la máxima protección tanto a los derechos del detenido como a los del ofendido. Así, la norma recogerá un 'Estatuto de Víctimas' y delimitará detalladamente la intervención de las comunicaciones, los registros domiciliarios, la mediación, el principio de oportunidad, la protección de datos o las investigaciones encubiertas llevadas a cabo por los denominados 'agentes dobles'. La actuación del funcionario de la Policía Judicial con una identidad supuesta venía recogida hasta ahora escuetamente en el artículo 282 bis de la actual LECrim.

Técnicamente, el Ministerio presentará este viernes al Gobierno dos anteproyectos que forman "un todo", uno que regula por ley orgánica los derechos fundamentales vinculados al proceso penal y otro que desarrolla lo anterior por ley ordinaria. El primero de ellos está integrado por 16 artículos que también contemplan las medidas limitativas de libertad, la intimidad de los investigados o lo concerniente a la protección de datos.

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